Tipos de contratos que se aplican en España

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Un contrato es un acuerdo entre una sociedad y un trabajador en el cual se establecen y se formalizan las diferentes tareas que se van a desarrollar en un determinado puesto de trabajo, el salario o la duración de la relación laboral, entre otras cuestiones, y siempre respetando las condiciones mínimas estipuladas en el convenio colectivo correspondiente a la empresa o al sector de la actividad en cuestión.

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En definitiva, en el contrato se deben establecer los derechos y las obligaciones que va a tener el trabajador y la empresa, y sirve para representar la relación entre las dos partes. Aparte de estos aspectos, que son iguales en cualquier tipo de contrato, hay condiciones y características específicas para cada tipo.

En este artículo se van a analizar los cinco tipos de contratos que actualmente están en vigencia en España.

Contrato indefinido

En la siguiente tabla se explican las características del contrato indefinido:

ASPECTOS DESCRIPCIÓN
Finalidad La finalidad del contrato indefinido es realizar la contratación de un empleado de forma fija dentro de la plantilla de la empresa.
Duración El contrato indefinido no tiene finalización para las actividades que realiza el trabajador. El contrato puede ser de diferentes jornadas laborales (jornada completa, jornada parcial o fija discontinua).
Celebración Este tipo de contrato se puede realizar de forma escrita o bien verbal (acuerdo entre las partes). Si es un contrato a tiempo parcial, de fijo discontinuo o de, empleados discapacitados se debe hacer por escrito, ya que se incluyen cláusulas determinadas.
Notificación Una vez que se ha firmado el contrato se debe comunicar la formalización al SEPE dentro de un periodo de 10 días.

 

Contrato indefinido adscrito a obra

En la siguiente tabla se explican las características del contrato indefinido adscrito a obra:

ASPECTOS DESCRIPCIÓN
Finalidad

Este tipo de contrato está dedicado al sector de la construcción, y su objeto es el desarrollo de tareas o de servicios adscritos al Convenio General del Sector de la Construcción.


La finalización de la obra implica la obligación de efectuar una propuesta, por escrito, al trabajador para su recolocación, con la consiguiente formación sí es necesario.


Las causas de la finalización del contrato:

  • No existen obras dentro de la provincia donde realiza la actividad la empresa.
  • No tiene cualificación para la obra que se realiza en la provincia.
  • No quiere el trabajador que se recoloque.

 

Contrato duración determinada

En la siguiente tabla se explican las características del contrato de duración determinada:

ASPECTOS DESCRIPCIÓN
Finalidad La finalidad del contrato de duración determinada es contratar a un empleado para realizar determinadas tareas, durante un periodo de tiempo concreto. La empresa debe detallar la causa del contrato, ya que si no se justifica el contrato temporal pasa a ser un contrato indefinido.
Duración El contrato determina una duración y una finalización de las funciones del trabajador. La empresa y el empleado realizan una relación contractual temporal y el contrato puede ser a jornada completa o parcial. Limita a 18 meses (en un espacio temporal de 24) el periodo establecido para encadenar contratos y pasar a ser indefinido.
Supuestos En caso de necesidad debido a la sustitución de un trabajador.
Aumento imprevisible/ circunstancias de la producción.

 

Contrato de fijo - discontinuo

En la siguiente tabla se explican las características del contrato de fijo - discontinuo:

ASPECTOS DESCRIPCIÓN
Finalidad Este tipo de contrato está dirigido a los que hasta ahora han realizado una contratación temporal. Las personas tienen, con el contrato fijo-discontinuo, los mismos derechos que el trabajador con contrato indefinido, incluida la indemnización por despido. El contrato fijo-discontinuo puede ser utilizado por Empresas de trabajo temporal (ETT) y también en actividad de temporada, contratas y subcontratas.

 

Contratos formativos

En la siguiente tabla se explican las características de los contratos formativos:

ASPECTOS DESCRIPCIÓN
Contrato para la obtención de la práctica profesional Este contrato tiene el objetivo de conseguir práctica profesional de los estudios que ha realizado el empleado. El empleado debe poseer un título universitario, una formación profesional o un certificado de profesionalidad, y el periodo desde la finalización de sus estudios no debe superar los 5 años. En el caso de los discapacitados, este periodo no debe superar los 7 años.

El contrato debe tener una duración mínima de seis meses y máxima de un año.

Contrato de formación dual o en alternancia trabajo-formación

La duración estará entre los tres meses y los dos años. Su objetivo es poder trabajar y realizar los estudios en formación profesional, estudios universitarios o Catálogo de Especialidades formativas. 

Este tipo de contrato no genera indemnización a su finalización, y la retribución es la siguiente: 

Nunca puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), en proporción a las funciones realizadas y, según convenio, ya que no puede ser inferior al 60% el primer año ni al 75% el segundo.
 

 

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