Ventajas y desventajas de una sociedad cooperativa

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Las empresas españolas tienen varias formas jurídicas bajo las cuales pueden funcionar. Una de ellas es la sociedad cooperativa, que en función de cada caso, conlleva una serie de ventajas y desventajas. Y es que la elección de esta figura de cara al Registro Mercantil dependerá de los intereses, el capital y las condiciones particulares de los socios.

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Explicamos en qué consiste una sociedad cooperativa así como los beneficios e inconvenientes que presenta.

¿Qué es una sociedad cooperativa?

La sociedad cooperativa (S.C.) es una agrupación de personas que buscan realizar alguna actividad común para alcanzar objetivos sociales o económicos. Se clasifican en cooperativas de primer grado, cuando sus miembros son personas naturales, y de segundo grado, si se trata de la asociación entre dos o más cooperativas. Eso sí, sea cual sea su tipo, se basan en criterios de apoyo mutuo y participación activa de los miembros.

Las sociedades cooperativas se rigen por las leyes de la Comunidad Autónoma en la cual desarrollan su actividad. Sin embargo, en caso de aquellas empresas que tengan presencia en varias comunidades, la Ley 27/1999 será la encargada de regular su funcionamiento.

Ventajas de una sociedad cooperativa

  • Administración democrática e igualitaria: El nivel de participación de los socios es independiente del capital aportado por cada uno. Esto significa que todos los votos tendrán el mismo peso en la toma de decisiones. 
  • Beneficios fiscales: Su tasa impositiva de Sociedad de Capitales es de solo el 20% y abonan el 5% en la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Además, según lo previsto en los artículos 33 y 34 de la Ley 20/1990 puede haber ventajas adicionales en caso de cooperativas protegidas y especialmente protegidas.
  • Flexibilidad de cara a la Seguridad Social: Los socios tienen la libertad de darse de alta ante el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como trabajadores autónomos o cotizar por el régimen general, según sus preferencias.
  • Poco capital: La Ley General de Cooperativas no contempla una aportación mínima para poner en marcha la asociación. En todo caso, este valor se regirá por los estatutos propios o por la legislación de la Comunidad Autónoma. Sin embargo, en la mayoría de los casos la cantidad exigida se mantiene entre dos mil y tres mil euros.
  • Responsabilidad limitada: Los socios trabajadores resguardan su patrimonio, pues no responderán por la cooperativa más allá de la aportación inicial que han hecho para su constitución.

Desventajas de una sociedad cooperativa

  • Difícil acceso al crédito: Pueden ser consideradas menos rentables o eficientes por prestamistas, bancos e instituciones, por lo que les resulta complicado conseguir financiación, sobre todo en los primeros años de funcionamiento.
  • Problemas de liderazgo: El mismo carácter democrático puede llegar a dificultar las cosas en el momento de conseguir  acuerdos, pues no existe una persona que pueda tomar decisiones por encima del resto cuando no se logran resoluciones unánimes.
  • Falta de formación y control: La mayoría de las veces los socios no cuentan con conocimientos financieros y administrativos para llevar a cabo la gestión interna de la asociación. 
  • Limitaciones en la contratación: No resulta fácil contratar trabajadores pues la naturaleza mutualista de esta entidad busca que todos los miembros tengan la condición de socios. Sin embargo, las limitaciones no son iguales en todo el territorio y dependen de las leyes de cada Comunidad Autónoma.

Como cualquier otra empresa, las sociedades cooperativas tienen ventajas y desventajas. Decidir si conviene o no dependerá del tipo de asociación que quieran los fundadores y los objetivos económicos y sociales que persigan. Sin embargo, no hay que perder de vista que su principal fin es la cooperación mutua, incluso por encima de la utilidad.

 

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