El modelo de hacienda 123 es la declaración que realizan las empresas y los trabajadores por cuenta propia para pagar las retenciones generadas por los ingresos de IRPF, el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta para aquellas personas no residentes en España, pero que tienen rendimientos de capital mobiliario y ciertas rentas.
La presentación del modelo 123 se realiza cuando se da cuenta que hay pago de intereses en concepto de créditos o préstamos que no son de entidades bancarias, rendimientos de capital, distribución de dividendos, etc.
En este artículo vamos analizar que se consideran los rendimientos de capital mobiliario, quién está obligado a presentar y cuál es el plazo de presentación el modelo 123.
¿Qué son los rendimientos de capital mobiliario? ¿Quién está obligado a presentar el modelo 123?
Los rendimientos de capital mobiliario son aquellos rendimientos que proceden del patrimonio de la empresa o del autónomo que tiene consideración mobiliaria que no se utilizan para su actividad económica, es decir, intereses, dividendos, alquileres, etc.
Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 123 son personas físicas, entidades jurídicas y otras entidades que deben retener o ingresar el impuesto de IRPF, el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de aquellas personas que no son residentes en el territorio español, según Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, por la que aprueban los modelos de autoliquidación 117, 123, 124, 126, 128 y 300 y se establecen medidas para la promoción y ampliación de la presentación telemática de determinadas autoliquidaciones, resúmenes anuales y declaraciones informativas de carácter tributario.
Por otra parte, aquellos rendimientos exentos de retención por importe se tienen que declarar aunque el importe del mismo sea 0. Se debe marcar la casilla dentro del modelo 123 que se declara de forma negativa.
El modelo 123 se debe presentar de forma telemática, mediante el certificado digital de la empresa o del autónomo, dentro de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Cuando el modelo 123 salga a pagar y se realiza el pago a través de una cuenta bancaria se debe realizar la tramitación de forma telemática sin personarse en la entidad bancaria. Por el contrario, si es otra forma de pago que no es a través de la cuenta bancaria, el pago se debe realizar en cualquier oficina donde se debe entregar el justificante con el Número de Referencia Completo (NRC), que sirve para rellenar el modelo y presentarlo de forma telemática.
¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 123?
El modelo 123 se puede presentar en dos plazos diferentes. Se puede realizar una presentación trimestral o una presentación mensual, en el caso de la presentación trimestral se da en los casos de los contribuyentes de pequeñas y medianas empresas, y de profesionales independientes. El caso de la presentación mensual se da para aquellas empresas que se consideren grandes empresas.
En el caso de la presentación del modelo 123 trimestralmente se debe entregar 20 días después del cierre del trimestre.
Este sería el calendario de la presentación trimestral y se establece de la siguiente forma:
- Primer trimestre: 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: 1 al 30 de enero del siguiente año.
Mientras en el caso de la presentación mensual se debe realizar 20 días después del cierre de cada mes. Se considera gran empresa aquellas que tienen un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros.