En la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades se explican todos los alcances y características de este impuesto, así como también las deducciones a las que una sociedad puede acceder según sus actividades o en casos particulares. En este artículo detallaremos tres de ellas que pueden ser aprovechadas por las pymes.
1 - Deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica
Para las actividades de investigación y desarrollo, se propone una deducción del total de la cuota siempre que se respeten algunas condiciones y se determinen algunos aspectos importantes:
- Debe ser una indagación original y planificada que busque desarrollar nuevos conocimientos y una comprensión superior sobre cierto tema en el ámbito científico y tecnológico. Puede abocarse también a la investigación de nuevos materiales que permitan desarrollar nuevos productos, como a nuevos softwares y otras actividades que puedan justificarse como “investigación y desarrollo”.
- Se toma como base para la deducción al importe de gastos de la investigación y de “actividades efectuadas en España o en cualquier Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo”.
- Se deduce el porcentaje del 25% del gasto efectuado en el período impositivo bajo este concepto, aunque existen otras deducciones extras del 8% para inversiones en elementos de inmovilizado material e intangible y del 17% de gastos personales, sobre los que se puede indagar más en el artículo 35 de la ya citada Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Para las actividades de innovación tecnológica, la deducción es del 12%, aunque existen excepciones beneficiosas para quienes desarrollan actividades como las que permiten un avance tecnológico en la cadena de producción de la industria de la automoción, que llegan hasta un porcentaje del 50% de deducción, por ejemplo.
2 - Deducciones por creación de empleos:
Para las sociedades que contratan a su primer trabajador con un contrato a tiempo indefinido, se otorga una deducción de 3000 euros de la cuota íntegra.
En aquellas que tienen menos de 50 trabajadores se pueden obtener deducciones de hasta el 50% de la cuota íntegra, respetando algunas condiciones que se explican en el artículo 37 de la ley ya nombrada.
Al ser generadoras de empleo, algunas pymes pueden aprovechar algunas de estas deducciones, según las características propias y los requisitos que cumplen.
3 - Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad
Aquellas sociedades que tienen trabajadores con discapacidad contratados, disponen de una deducción que va desde 9000 euros por cada persona/año, hasta los 12000, dependiendo del grado de discapacidad de la persona. Es una medida que favorece a la creación de puestos de trabajo para personas con ciertas discapacidades y que, a la vez, favorece a quienes lo hacen.
Conclusión:
Además de estas, existen otras deducciones del impuesto sobre sociedades que pueden ser aprovechadas por las pymes, pero que son un poco más específicas para algunos sectores, por lo que aquí mostramos las tres que podrían generar beneficios para casi cualquier pequeña o mediana empresa. En todos los casos, se intenta favorecer una idea o suplir una necesidad, como puede ser la creación de nuevos puestos de trabajo, ayudar a la investigación y el desarrollo, como a la innovación tecnológica en pos de la obtención de nuevos conocimientos que permitan encontrar nuevas soluciones dentro de los procesos productivos.