Contratar a un familiar: ¿qué tener en cuenta?

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A la hora de gestionar una empresa propia, puede surgir la disyuntiva de si contratar a un familiar o no. Es una decisión que hay que tomar con cautela y teniendo en cuenta diferentes perspectivas. Esta doble relación,  laboral y afectiva, puede dar lugar a una excelente dinámica de trabajo o ser el origen de ciertos problemas. Dependerá en gran medida de cómo estructuramos la incorporación.

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Ventajas de contratar a un familiar

Contar con un familiar en el equipo de trabajo supone ciertas ventajas. Algunas de ellas son:  

  • Sentido de responsabilidad en su trabajo en mayor medida que otros colaboradores.
  • Mayor interés por la empresa que otros empleados.
  • Un impacto positivo en el equipo, si está capacitado, ya que demuestra el buen juicio de la dirección.
  • Potencialmente más leal y responsable.
  • Mejora del clima laboral.

Desventajas de sumar familiares a tu empresa

Por otra parte, hay que tener en cuenta ciertas implicaciones antes de tomar la decisión de contratar a un familiar en tu empresa o bien en otra donde estás trabajando. Veamos los principales puntos negativos:

  • Impacto en el clima laboral: envidias y resentimientos entre la plantilla.
  • Pérdida de interés por parte de los empleados que buscan oportunidades de promoción dentro de la empresa.
  • En caso de no ser apto para el puesto es difícil gestionar la desvinculación.
  • Falta de objetividad de los directivos respecto a las calificaciones de sus familiares.
  • Intereses familiares sobre los intereses corporativos.
  • Nepotismo que deriva en falta de respeto hacia la dirección y a su criterio.

Políticas de no contratación de familiares

En general, cuando una organización toma la determinación de no permitir la contratación de familiares, se debe a que busca garantizar la integridad de sus procesos de selección y contratación.

De este modo, se asegura una visión más realista y acotada a lo que realmente necesita el negocio y a los requerimientos del puesto que busca cubrirse. Desde este punto de vista, se decide priorizar a los candidatos más cualificados, con un mayor conocimiento del funcionamiento de la empresa y que evidencian un mayor compromiso. Los valores y estrategias varían según la empresa, sin embargo, estas son, a grandes rasgos, las principales razones de este tipo de políticas en el área de recursos humanos.

Estrategias para contratar a un familiar con éxito

Es posible contratar a un familiar y que redunde en una gran fortaleza para la empresa. Así lo sostiene este artículo de la UNIR. Eso sí, en caso de no querer excluir a los familiares en los procesos de contratación, hay algunos aspectos que habría que tener en cuenta:

  • Asignar un jefe que no tenga vínculo familiar.
  • Realizar retroalimentación, alinear expectativas y exigir lo mismo que a cualquier otro colaborador.
  • No discutir asuntos familiares en el trabajo y establecer límites entre ambos ámbitos.
  • No permitir un lenguaje afectuoso o menciones al vínculo familiar como tío, primo, etc.
  • Ser transparente desde el primer momento respecto a la relación familiar del nuevo empleado para que no sea una sorpresa a posterior, lo cual generaría recelos en el resto de colaboradores.
  • En el caso de que un colaborador recomiende a uno de sus familiares, aplicar los mismos criterios para evitar que se generen conflictos de interés.

Como hemos visto, existe el riesgo de que la contratación de un familiar pueda repercutir negativamente en el clima laboral de la plantilla y tener consecuencias en la productividad de la empresa. Ahora bien, si se priorizan los aspectos positivos de contar con personas allegadas, es necesario prestar atención y vigilar que no afecte a la motivación e implicación del resto del personal. De esta manera contratar a un familiar puede convertirse en una excelente incorporación al equipo de trabajo.

¿Qué se considera trabajo familiar?

El denominado trabajo familiar es aquel que desarrolla una persona que convive con los propietarios del negocio y mantiene un parentesco de hasta segundo grado con éstos. Por tanto, nos referimos a parejas, hermanos, hijos, abuelos o nietos. En este sentido, se entiende que los beneficios de la empresa repercuten también en el trabajador, más allá de las retribuciones que se le puedan hacer por su trabajo de manera directa o indirecta.

Como autónomo, ¿puedo contratar a mi mujer o a mi marido?

O, como autónomo, ¿puedo contratar a mi hermano o a mi hermana? Son algunas de las preguntas más frecuentes entre los trabajadores por cuenta propia a la hora de expandir su negocio. Lo cierto es que es perfectamente posible y en muchos casos es la alternativa más adecuada, primero por las cuestiones que todos conocemos con respecto a la confianza y a la ayuda mutua entre familiares, pero también a nivel legal. Si bien es cierto que, como todas las contrataciones, conlleva ciertos gastos, puede resultar la opción más económica.

¿Cómo puede un autónomo contratar a un familiar? ¿Y una pyme?

El mecanismo más habitual a la hora de contratar a un familiar es darlo de alta como autónomo colaborador. Se trata de un régimen fiscal diferente al de los trabajos por cuenta propia o ajena, aunque tiene características de ambos: a ojos de la Agencia Tributaria estaríamos hablando de un trabajador por cuenta ajena, mientras que la Seguridad Social considera a estos trabajadores como autónomos.

No obstante, tanto en el caso de las pymes como en el de los trabajadores por cuenta propia, para contratar a un autónomo colaborador deben de cumplirse ciertos requisitos:

  • El familiar no debe estar dado de alta en ningún otro régimen.
  • El trabajo ha de ser algo continuado y no consistir únicamente en colaboraciones puntuales.
  • Quienes se acojan a este régimen deben ser cónyuges o familiares directos de primer o segundo grado de consanguinidad.
  • A priori se requiere una convivencia en la misma vivienda, aunque existen excepciones, como que una nuera o un yerno trabajen con sus suegros y éstos estén haciendo frente a la hipoteca de la vivienda que comparten con su hijo, por ejemplo.
  • El autónomo colaborador debe desempeñar sus tareas en el mismo lugar de trabajo que el responsable.

¿Cuánto hay que pagar por un autónomo colaborador?

Cuando se trata de hablar de las cotizaciones, la cuota mínima se sitúa a día de hoy en 286,15 € al mes, por lo que es casi idéntica a la de los trabajadores por cuenta propia en el régimen habitual. Sin embargo, en este caso se hace cargo del pago el responsable de su contratación, por lo que el colaborador únicamente deberá pagar los impuestos que se correspondan con sus retribuciones y hacer la declaración de la renta anual.

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